Compliance

Modelo de Prevención de Delitos

La RFET tiene implementado un Modelo de Prevención de Delitos (MPD) que se ajusta a las exigencias legales en materia de responsabilidad penal corporativa, cuyo objetivo es prevenir que su estructura jurídica sea utilizada para cometer delitos y a la vez implementar un buen gobierno corporativo.

Este modelo, consiste en la detección de riesgos penales asociados a las actividad de la RFET y en la implementación de un conjunto de medidas de prevención de los delitos de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo, cohecho, tráfico de influencias, delitos contra la Hacienda Pública, corrupción entre particulares así como de todas aquellas conductas que se han estimado como éticamente no tolerables.

Estas medidas operan a través de los diversos procesos del Modelo Prevención de Delitos, cuyo objetivo es dar cumplimiento a los requisitos de un “Modelo de organización y gestión”, de acuerdo con lo exigido por la Ley 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del Código Penal.

Alcance del MPD

El Modelo de Prevención de Delitos consiste en abordar una serie de actividades que permitan gestionar y mitigar los riesgos asociados, cuyos componentes son los siguientes:

1. Análisis de riesgos penales
2. Mapa de riesgos
3. Órgano de supervisión y control
4. Código de Ético
5. Denuncias e Investigaciones
6. Políticas y Procedimientos para mitigar los riesgos identificados en el mapa de riesgos
7. Cláusulas contractuales
8. Plan de comunicación y formación
9. Plan de Seguimiento
10. Revisión y actualización anual

Órgano de control interno

Este órgano es el encargado de velar por la implementación, supervisión y buen funcionamiento del Modelo de Prevención de delitos (MPD), y está formado por un Compliance Officer:

  • Don Daniel Domènech

El Órgano de supervisión y control tiene como principal función implementar el MPD, velando por su correcto funcionamiento y operación. Se ha creado así mismo un Comité de Cumplimiento compuesto por el Compliance Officer de la entidad, un miembro independiente D. Alfonso Munk y un asesor jurídico externo.

Canal de Denuncias

El buen funcionamiento y eficacia del MPD es responsabilidad de todos los directivos, trabajadores y colaboradores de la RFET, por ello se ha diseñado un Canal Ético cuyo objetivo es permitir que cada uno pueda ejercer ese rol activo como engranaje del sistema preventivo.

El Canal Ético, permitirá a colaboradores, socios, proveedores y clientes, mantener un contacto directo y seguro con el Órgano de supervisión y control, teniendo la posibilidad de realizar denuncias confidenciales, facilitando con ello la detección y la prevención de delitos y/o comportamientos inapropiados en/para/con Atrevia.

A su vez, el denunciante tendrá la garantía de que sus comunicaciones serán tratadas con el debido resguardo y confidencialidad que requiere todo proceso de investigación.

Sus denuncias podrán ser enviadas a canaldedenuncias@rfet.es o rellenando el siguiente formulario:

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Tipos de archivos permitidos: PDF. Tamaño máximo: 10MB.

Protección de datos personales (Más información)

La Real Federación Española de Tenis es el responsable del tratamiento de sus datos personales.
Gran Vía de Carles III, 124. 08034 Barcelona con NIF Q0878003C.
Para contactar con el delegado de protección de datos use esta dirección mdp.dpo@perseveragrupo.com.
La finalidad del tratamiento de sus datos es dar respuesta a sus consultas y/o solicitudes de información, en base a su consentimiento, facilitado al aportar sus datos (artículo 6.1.a, RGPD).
Usted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos:

  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la autoridad de control.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aquí.

Las denuncias contendrán, preferentemente, los siguientes antecedentes:

a) Tipo de infracción denunciada; descripción de los hechos; lugar y fechas referenciales; nombre o cargo de los involucrados.
b) La narración de las circunstancias en que se desarrollaron los hechos denunciados deberá contener la mayor cantidad de detalles que sea posible.
c) Forma en que tomó conocimiento de los hechos denunciados.
d) La individualización de quienes lo hubieren cometido, con indicación de nombre, apellido, cargo y área, o de los datos que permitan su individualización.
e) La individualización de las personas que hubieren presenciado los hechos denunciados o que tuvieren antecedentes sobre los mismos, si éstos fueren conocidos por el denunciante.
f) Toda otra información que pueda ser útil en la evaluación, investigación y resolución final de los hechos denunciados.
g) Los antecedentes, documentos y cualquier otro medio en los que se funda la denuncia, los que deben adjuntarse a ella.

Todo lo anterior ha de ser planteado de buena fe.

A continuación de este documento se ha puesto a disposición para su consulta una Síntesis del Modelo de Prevención de Delitos

Documentos

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