Preguntas Frecuentes
En esta sección damos respuesta a las cuestiones más frecuentes. Para realizar cualquier otra consulta, contactar con el Área de Docencia e Investigación RFET (docencia@rfet.es). También pueden contactar con las diferentes Federaciones Territoriales y sus programas de actividad pedagógica a través de sus respectivas páginas web y/o medios de contacto, así como con el Registro Profesional de Tenis (rpt@rptenis.org).
En la web de la RFET, así como en las de cada territorial y en la del RPT tienes toda la información sobre cada curso, sus contenidos y el calendario anual de actividades.
Las titulaciones de la RFET se encuentran en periodo transitorio por lo que se las considera como federativas, mientras las demás son de carácter privado.
Tanto las entidades públicas como privadas gozan de plena libertad para ejercer su derecho a contratar a aquellas personas que, bajo su criterio subjetivo de selección, reúnan los requisitos necesarios para realizar el trabajo por ellas ofertado. Prevaleciendo siempre un criterio selectivo y no una exigencia legal. Dado que el único requisito legal es cumplir la edad mínima de 16 años.
Que no exista una demanda legal que exija algún tipo de acreditación, no significa que las diferentes Entidades públicas o privadas en sus ofertas de empleo no lo vayan a hacer. De hecho, el contratar a alguien acreditado les aporta la tranquilidad de saber que van a poder ofrecer a sus deportistas y/o clientes un servicio que se adapte a sus estándares de calidad.
Actualmente las titulaciones de técnicos deportivos deben estar autorizadas y reconocidas por las autoridades competentes en cada CCAA.
A partir del 2022 todos los cursos impartidos por las Federaciones territoriales serán reconocidos por la RFET, siempre y cuando cumplan los requisitos previamente preestablecidos y consensuados.